Colegio Plurilingüe Jesús Maestro 981 351 318
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NOV
2020

Ayudas distribución de mascarillas

Orden que regula los criterios y el procedimiento de distribución de mascarillas entre el alumnado matriculado en educación primaria, educación secundaria obligatoria y educación especial en centros docentes públicos dependientes de esta consellería y en centros privados concertados en el curso 2020/21. (Dog viernes 13 de noviembre de 2020)
Código de procedimiento ED330E.
Orden que regula la distribución de mascarillas
Anexos I y II

BENEFICIARIOS (Art. 2)

  1. Será beneficiario de las mascarillas, directamente, el alumnado que resultó beneficiario de las ayudas de material escolar. No necesitan solicitarlo.
  2. Previa solicitud y comprobación de la renta per cápita de la unidad familiar, el resto del alumnado que no ha sido beneficiario por diferentes circunstancias, siempre que reúna el requisito.

REQUISITOS (Art. 3, 9)

Familias con una renta per cápita igual o inferior al umbral de 6.000 €, que ha sido el umbral de referencia en el curso 2020/21 para tener derecho a la ayuda para adquirir material escolar (Orden de 12 de mayo de 2020 por la que se regula la participación en el fondo solidario de libros de texto y se convocan ayudas para adquirir libros de texto y material escolar destinadas al alumnado matriculado en educación primaria, educación secundaria obligatoria y educación especial (DOG núm. 96, de 9 de mayo).

LUGAR DE PRESENTACIÓN de las SOLICITUDES

Las solicitudes deberán presentarse presencialmente en el centro docente donde esté matriculado el alumno utilizando el formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
Este formulario de solicitud (anexo I) también estará disponible en portería.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo para presentar las solicitudes será de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

 DOCUMENTACIÓN PARA PRESENTAR LA SOLICITUD EN EL CENTRO

Los documentos deberán ser válidos y eficaces en el momento de su presentación, y reflejar la situación personal, familiar y económica a 31 de diciembre de 2018, excepto en el caso de violencia de género, en que se aplicará lo dispuesto en la legislación específica.

PUBLICACIÓN

De conformidad con lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se dará publicidad a la lista provisional y definitiva de solicitudes excluidas, indicando la causa de exclusión, y a la relación provisional y definitiva de solicitudes concedidas.
Se publicarán en el tablón de anuncios situado en la portería del Centro.
Reclamación (Art. 13)

HORARIO DE ATENCIÓN EN EL CENTRO

CONCERTAR CITA PREVIA CON SECRETARÍA

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